13 enero, 2021
Se ha publicado las bases de las ayudas para las actuaciones de rehabilitación energética de edificios, del programa PREE, en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Desde CLIMALIT PLUS queremos daros más información sobre estas subvenciones.
El objeto de las ayudas es incentivar actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes.
El plan está dirigido a:
a) Las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.
b) Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas conforme a lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.
c) Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de Propiedad Horizontal.
d) Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios, que acrediten dicha condición mediante contrato vigente a largo plazo con la propiedad, que les otorgue facultad expresa para acometer las obras de reforma objeto de la actuación a incluir en el Programa.
e) Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos definidas en el Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero.
f) Las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera administraciones públicas.
g) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
Los aspectos fundamentales de este Plan de ayudas son los siguientes:
1.- Actuaciones y costes subvencionables.
Las ayudas se destinarán a actuaciones en edificios completos existentes y ubicados en la Comunidad de Madrid, denominada Opción A, de uno o varios de los siguientes usos:
a) edificios de vivienda unifamiliar;
b) edificios de tipología residencial colectiva de vivienda;
c) edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.)
Serán actuaciones subvencionables:
a) Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
b) Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.
c) Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
No serán actuaciones elegibles las siguientes:
– Las realizadas en edificios de nueva construcción;
– Intervenciones en edificios existentes que supongan una ampliación, en la que se incremente la superficie o el volumen construido;
– Intervenciones en edificios existentes que conlleven un cambio de uso del edificio.
2.- Cobertura de la ayuda o subvención: la cuantía de la ayuda será la suma de la ayuda base y de la ayuda adicional que pudiera corresponder, en cada caso, en función del cumplimiento de los criterios que se indican en el Anexo IV del Real Decreto 737/2020.
3.- Dotación de la convocatoria: la dotación presupuestaria del programa PREE para el caso de la Comunidad de Madrid es de 39.172.652,18 €.
4.- Plazo de presentación de solicitudes: desde el 21 de noviembre de 2020 hasta el 31 de julio de 2021.
Para más información, las bases reguladoras del programa de ayudas:
https://www.preemadrid.com/informacion-general
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/11/20/BOCM-20201120-22.PDF