4 septiembre, 2020
El Ayuntamiento de Valladolid, a través de la Sociedad Municipal de Suelo y Vivienda de Valladolid, SLMP, ha desarrollado un programa de ayudas que se destinará al fomento de la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva y viviendas unifamiliares en el ámbito del municipio de Valladolid, contribuyendo a financiar las actuaciones que, resulten necesarias para subsanarlas y mejorar sus condiciones de eficiencia energética y favorezcan la reducción de la huella de carbono, causada por el consumo de energía.
El plan está dirigido exclusivamente a comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios, o los propietarios únicos de edificios de que tengan personalidad jurídica de naturaleza privada así como las personas físicas que sean propietarias de viviendas unifamiliares.
Para acceder a la subvención, los edificios deben cumplir estos requisitos: radicar en el municipio de Valladolid, estar construidos antes de 1996, no estar calificados urbanísticamente como fuera de ordenación, presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención y disponer de un informe técnico suscrito por técnico competente.
A continuación, los aspectos más relevantes de la ayuda:
1.- Actuaciones y costes subvencionables: la mejora de la envolvente térmica de la vivienda para reducir su demanda energética de calefacción o refrigeración, mediante actuaciones de mejora de su aislamiento térmico, la sustitución de carpinterías y acristalamientos de los huecos, el cerramiento o acristalamiento de las terrazas ya techadas u otras, incluyendo la instalación de dispositivos bioclimáticos y de sombreamiento.
2.- Cobertura de la ayuda o subvención: La cuantía máxima de la subvención se calculará, partiendo del presupuesto subvencionable, conforme a lo previsto en esta cláusula, sin que, en ningún caso, pueda superarse por solicitud:
La cuantía máxima de las subvenciones se determinará en función del coste total de la actuación subvencionable y del número de elementos computables de conformidad con el párrafo anterior.
3.- Plazo de presentación de solicitudes: comienza el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, finalizando a las catorce horas y treinta minutos del día 30 de octubre de 2020.
Las ayudas se solicitarán por registro electrónico municipal o de forma presencial en las oficinas de la Sociedad Municipal de Suelo y Vivienda de Valladolid, SLMP, sitas en la Plaza de la Rinconada nº 5, bajo; 47001 Valladolid.
Para más información: https://bit.ly/2GmdJjC