28 julio, 2020
El Plan de ayudas de eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas de Castilla y León ha entrado en vigor en julio de 2020, pudiendo presentarse solicitudes desde el día 4 de julio y hasta el 3 de agosto, ambos inclusive. Desde CLIMALIT PLUS queremos daros más información sobre estas subvenciones.
El pasado 29 de junio de 2020 en el Boletín oficial de Castilla y León se convocó el plan cuyo programa de ayudas está destinado a la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas.
El programa de las ayudas se destinará a subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, tanto en el ámbito urbano como rural, destinadas a facilitar la financiación de obras de mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad, con especial atención a la envolvente edificatoria en viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en filas y en edificios de tipología residencial colectiva, todos ellos situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.
El plan está dirigido a:
– Las comunidades de propietarios y las agrupaciones de comunidades de propietarios.
– Las personas físicas que sean propietarias de una vivienda unifamiliar aislada o agrupada en fila, siempre y cuando los ingresos de la unidad de convivencia residente no excedan cinco veces el IPREM.
La cuantía máxima de la subvención a conceder por vivienda unifamiliar aislada o agrupada en fila será la cuantía menor que resulte de aplicar cada uno de los siguientes límites: a) 8.000 euros, b) El 40 % del coste de la actuación subvencionable.
La cuantía máxima de la subvención total a conceder por edificio de viviendas de tipología residencial colectiva que se acoja a estas subvenciones será la cuantía menor que resulte de aplicar cada uno de los siguientes límites: a) 8.000 euros por cada vivienda y 80 euros por cada metro cuadrado de superficie construida de local comercial, b) El 40 % del coste de la actuación subvencionable.
Para poder computar la cuantía establecida por cada metro cuadrado de uso comercial será necesario que éstos participen en los costes de ejecución de la actuación.
Los edificios deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.- En los casos de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila:
– Estar finalizados antes de 1996.
– Deberán constituir domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar la subvención.
2.- En los casos de edificios de viviendas de tipología residencial colectiva:
– Deberán estar finalizados antes de 1996.
– Que, al menos el 70% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda, excluida la planta baja si tiene otros usos compatibles.
– Que, al menos el 70% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios en el momento de solicitar las subvenciones.
Para más información puede consultar en este enlace y en la web.
Si estás pensando en cambiar las ventanas de tu vivienda, te recomendamos que visites el apartado “Cambia Tus Ventanas” de la web de CLIMALIT, donde podrás obtener la composición más adecuada en función de las necesidades de tu hogar.